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Dirección general de Capitanías y Guardacostas - DICAPI

Cuando se habla de la Dirección general de Capitanías y Guardacostas - DICAPI, nos referimos a la autoridad del Estado que se encarga de ejercer el control y la vigilancia de todas aquellas actividades que se llevan a cabo en el medio acuático, para lo cual se encargan de aplicar y también hacer cumplir la ley y el reglamento de control y vigilancia de todas aquellas actividades ya sean marítimas, fluviales o lacustres. Ademas esta entidad hace cumplir también los convenios internacionales vigentes, así como también otro tipo de instrumentos internacionales, relacionados a las actividades acuáticas que son ratificadas por el Estado y las regulaciones existentes en los sectores involucrados.

Asimismo esta entidad es responsable de emitir normas y velar de manera efectiva, para lograr la seguridad de la vida humana, la protección al medio ambiente incluyendo sus recursos naturales, así como también buscará por todos los medios reprimir cualquier tipo de acto ilícito. por tanto se encarga de vigilar el medio ambiente del ámbito acuático, con la finalidad de prevenir, reducir y eliminar cualquier indicio de contaminación, que podría perjudicar la ecología de este medio. Las funciones de esta entidad se realizan cuando corresponda en estricta coordinación con otros sectores involucrados, como son el Ministerio de la Producción PRODUCE y el Ministerio del Ambiente MINAM, en función a la legislación ambiental vigente.

Por tanto el Director General de Capitanías y Guardacostas, se constituye a nivel nacional como la autoridad oficial marítima, fluvial y lacustre. Ademas para ejercer adecuadamente sus funciones en este ámbito, cuenta con órganos de apoyo como son los distritos de capitanías, las capitanías de puerto, los puestos de control de capitanías y las unidades de guardacostas.

Dentro de las funciones mas importantes de esta entidad se destaca las siguientes:

  • La DICAPI toma la dirección y el control general de la organización de capitanías y guardacostas.
  • Elabora y dicta las normas complementarias y asimismo emite las resoluciones relacionadas con temas de su competencia, que se encuentran relacionados con las actividades tanto marítimas, fluviales como lacustres.
  • Ejerce la vigilancia y la policía marítima en toda su jurisdicción, que incluye el litoral, los puertos y también en el dominio marítimo comprendido hasta las 200 millas, incluyendo los ríos y lagos navegables.
  • Ejerce estricto control sobre el tráfico acuático, que implica vigilar el ingreso, permanencia y salida de las naves acuáticas de los puertos, Asimismo controla el dominio marítimo hasta las 200 millas,  así como los ríos y lagos navegables.
  • Vigila que se cumplan con las disposiciones emitidas por los sectores de la administración pública, pudiendo imponer sanciones a los infractores.
  • Ejerce control sobre el sistema de información que indica la posición y la seguridad de naves en todo el ámbito acuático, buscando también asegurar todas las vías navegables.
  • Otorga la autorización correspondiente para el uso de áreas acuáticas dentro del dominio marítimo establecido, donde se incluye la franja ribereña y márgenes de ríos y lagos navegables.
  • Otorga la autorización para la instalación o construcción de obras ya sean de caracter temporal o permanente en las áreas acuáticas de su jurisdicción, excepto en puertos y otras instalaciones acuáticas destinadas para el uso comercial.
De esta manera la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en su dirección general, establece una serie de funciones a cumplir, dentro las cuales destacan algunas como la de establecer la política necesaria para el funcionamiento de esta organización, así como ejercer su dirección y control, buscando como objetivo primordial hacer cumplir la Ley de control y vigilancia de todas aquellas actividades marítimas, fluviales y lacustres, incluyendo los convenios internacionales y demás instrumentos internacionales relacionados.

Asimismo en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, adquiere oficialmente la representación permanente alterna ante la Organización Marítima Internacional - OMI, lo que le permite participar en eventos internacionales relacionados a las actividades acuáticas. Ademas esta organización opera y mantiene Sistema Nacional de Búsqueda y Salvamento dentro de su jurisdicción, que lo induce a emitir disposiciones adecuadas que permitan garantizar la seguridad durante la maniobra de las naves o embarcaciones que operen en cualquier tipo de área acuática dentro del territorio nacional.